DÍA NACIONAL DE LA CONCIENCIA AMBIENTAL

El 27 de Septiembre es el Día Nacional de la Conciencia Ambiental en conmemoración de los fallecidos como consecuencia del escape del letal gas cianhídrico en la localidad de Avellaneda, en 1993.

 En este hecho perdieron la VIDA 7 PERSONAS a raíz del accionar irresponsable e inescrupuloso de Empresarios que vertieron sustancias tóxicas de sus industrias al sistema cloacal, generando un coctel mortal que broto por los conductos sanitarios propios de la vivienda donde se produjeron las MUERTES INSTANTANEAS de sus moradores y quienes fueron en su ayuda, por inhalación de gas cianhídrico.

 

 

Contaminación seguida de muerte

 

La tragedia se debió a una combinación de sustancias tóxicas. Alguien echó ácido sulfúrico a las cloacas. A pocas cuadras y al mismo tiempo, otra persona tiró sales de cianuro. En el agua estancada se formó ácido cianhídrico, cuyo gas escapó por una rejilla de la casa de los Nuin.

El transportista Juan Ernesto García y Juan Manuel Sánchez, dueño del depósito donde se arrojaron ácidos, fueron procesados por el juez Guillermo Roberts, de Lomas de Zamora, por contaminación seguida de muerte. Los empresarios Ernesto Pizzio y Luciano Mondolo, por contaminación, por verter cianuro a las cañerías. Era la primera vez que se aplicaba la ley 24.051 de Residuos Peligrosos.

Vecinos de los Nuin y del galpón de García ya habían hecho denuncias ante Aguas Argentinas y en la Municipalidad de Avellaneda, pero no fueron tomadas en cuenta. Además, ni García ni Sánchez tenían habilitación para trabajar con sustancias peligrosas.

Otro depósito de García ya había sido clausurado por esa causa. El Municipio le permitió seguir trabajando para reacondicionarlo, pero después no fue a comprobar que estuviera en regla.

 

Sin culpables

 

Los abogados que representan a familiares de las víctimas rescatan la labor del juez Roberts, en un tema complejo y teniendo escasos recursos materiales y técnicos. "El primer día, una petrolera tuvo que prestarle un técnico y los elementos, porque no había bomba para llegar a las cloacas, y no se sabía si el juez no se iba a morir en el intento", recuerda el doctor Horacio Galarza de la Cuesta, patrocinante de Romina Amoedo.

El 26 de abril de 1995, Roberts cerró la investigación. El fiscal debía hacer la acusación para el juicio oral y público. Pero los imputados apelaron, y el 16 de mayo pasado, la Sala III de la Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora tuvo una interpretación diferente de la del juez.

En el caso de Pizzio y de Mondolo, los camaristas declararon prescripta la causa: ya había transcurrido el tiempo máximo previsto por la ley, sin que hubiera una acusación fiscal. Sánchez y García fueron sobreseídos provisoriamente. "En esencia, el fallo considera que no había contrapruebas en las tomas de pruebas de líquidos, o que eran de dudosa calidad técnica", señala Galarza de la Cuesta.

El doctor Horacio Asprea, químico y biólogo que actuó como perito oficial, comenta que "los acusados siempre tratan de resolver la cuestión objetando las pruebas. En esta causa eran suficientes y fueron analizadas por instituciones de gran valía técnica. Se hicieron 108 procedimientos para determinar qué tipo de residuos eliminaban las empresas, y para estudiar las correntías de las cloacas" .

"El fallo de la Cámara significa que no va a haber responsables penales", se lamenta Gustavo Barbieri, representante legal de Nelson Turcutto, esposo de la médica que murió en Avellaneda.

Valeria Nuin y su hermanastra Romina Amoedo todavía no pudieron comenzar la sucesión. Hace un año iniciaron una demanda civil ante el juez Francisco de Asís Soto, a cargo del Juzgado Federal Civil y Comercial N 6.

Más vueltas

 

Fueron demandados Sánchez y García. Pero también Aguas Argentinas por presunta falta de limpieza de cloacas, y la Municipalidad de Avellaneda porque no habría controlado las actividades industriales ni atendido a las denuncias de los vecinos . La Dirección de Medio Ambiente bonaerense y la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación también fueron acusadas, porque no habrían ejercido el correspondiente poder de policía.

El juez Soto se declaró incompetente y giró la causa a la Corte Suprema de la Nación, que hizo otro tanto. El expediente dio vueltas por un año y acaba de volver al juzgado original. Quizás ahora se pueda volver a investigar.
 

Desde el año 1995, cada 27 de septiembre, se conmemora en nuestro país el “Día Nacional de la Conciencia Ambiental”. La Ley N° 24.604 -sancionada el 12 de diciembre de 1995-, declaró ese día, en memoria de las personas fallecidas como consecuencia del escape de gas cianhídrico ocurrido en la ciudad de Avellaneda (Buenos Aires), el 27 de septiembre de 1993. La mencionada Ley expresa además que todos los años en dicha fecha, se recordarán en los establecimientos educativos, primarios y secundarios, los derechos y deberes relacionados con el ambiente mencionados en la Constitución Nacional, siendo el artículo 41° el más significativo de todos.

La “Conciencia ambiental” implica conocer qué es el ambiente, cuáles son los problemas ambientales contemporáneos y qué podemos hacer desde cada uno de nuestros lugares. Se trata de tener conciencia de la conveniencia de actuar con respeto y compromiso hacia el lugar en el que nos toca vivir, teniendo siempre presente que el daño que le hacemos al ambiente nos lo hacemos a nosotros mismos y a las generaciones futuras.

El diagnóstico de la situación mundial indica que la dimensión y extensividad de los problemas ambientales actuales es significativa. Vale entonces la consigna de “pensar globalmente y actuar localmente”. La globalidad de los problemas nos conduce lógicamente a pensar en “el todo” (la región, el país, el mundo) mas nuestra acción y nuestros proyectos serán concretos y efectivos si actuamos en “el lugar” donde transcurre nuestro día a día.

En ese sentido, no hay estrategias mejores que la educación ambiental y la participación activa de la población. Los caminos citados implican forjar una “Cultura del Ambiente”, esto es, una cultura comunitaria que, concientizada de los problemas, principalmente los asociados a grados relativamente bajos de condiciones de vida de la población y conductas nocivas del estilo de desarrollo de nuestros países, conduzca a un actuar cotidiano que favorezca una relación amigable con el ambiente.

Por otra parte se entiende que la “cultura ambiental” debería basarse en la concientización de que el ambiente tendría que sustentarse en tres principios básicos: justicia, libertad y solidaridad. Esto implica crear condiciones para acceder a ambientes justos para todos, libertad para elegir y/o construir un ambiente digno (se trata de saber ¿cómo se desea vivir?), solidaridad, ya que sin ella y una clara aceptación de la pluralidad de identidades personales, no hay justica ni libertad.